sábado, 6 de octubre de 2012

Adrián Espinoza Espinoza, incurre en DELITO, con su propuesta.

NOTICIA-ESTATAL/ALTAR AL DIA
HERMOSILLO.-Como «ocurrencias ignorantes» fue calificada las palabras del secretario general del PAN en Sonora, Adrián Espinoza Espinoza, al proponer que «el PRI decida» quien ocuparía la diputación por el XVII distrito electoral, cuyo propietario fue asesinado, y su suplente se encuentra en calidad de prófugo, acusado de presunto autor intelectual del homicidio. En una misiva enviada a la redacción de Dossier que se publica al calce de la nota que da cuenta de la propuesta del directivo panista, el abogado penalista y reconocido jurista mexicano, Pedro García Palazuelos, argumenta que el cargo de diputado suplente debe ser sustituido en los precisos términos que establecen los artículos 37 y 38 de la Constitución Política para el Estado de Sonora. «Da pena ajena leer o escuchar ocurrencias tan ignorantes como la que propone la persona del PAN que protagoniza la nota (Espinoza Espinoza). La ley vigente no se negocia ni se aplica a contentillo de nadie», afirma el jurista con más de 37 años de experiencia en la abogacía. Dijo que llanamente la ley establece que debe convocarse al diputado suplente del legislador ausente, en este caso, por fallecimiento, y si en un termino de 15 días no se presenta, debe declararse vacante el cargo por la legislatura y dar vista al Consejo Estatal Electoral para que en un termino de seis meses -a lo sumo- se convoque a elecciones extraordinarias en el distrito donde esta acéfala la representación legislativa. «Ningún ‘acuerdo político’ sobre ese asunto es lícito, y nadie tiene facultades para hacerlo. Quien lo haga, incurre en delito. Y no cabe ninguna reforma a la Constitución de Sonora, para ese fin, porque simple y llanamente...¡no puede existir aplicación retroactiva de la ley sobre ese asunto!», afirma categórico el jurisconsulto. Y remata: «Que (el Consejo Estatal Electoral) realice la elección extraordinaria en los términos de ley para que el pueblo de ese distrito electoral, ¡y solo ellos!, designen a al nuevo diputado propietario y suplente que elijan; no por regalo o «buena voluntad» de nadie, sino porque es su derecho constitucional».