domingo, 3 de abril de 2011

Violaron 96 garantías de Jesús de Nazareth

NOTICIA-NACIONAL/ALTAR AL DIA

CIUDAD DE MÉXICO.- Cuando Jesús fue crucificado, no existían las organizaciones no gubernamentales (ONG), los medios de comunicación, los ombudsman, ni otra institución que peleara por evitar la tortura que padeció. Tampoco un ministerio público, juicios videograbados ni presunta inocencia. A más de dos mil años de su proceso, según las leyes penales de nuestro país, se cometieron, al menos, 96 violaciones a los derechos humanos contra el creador de la Iglesia cristiana, con los que él pudo haberse salvado de la condena en el Gólgota. En entrevista con Excélsior, el penalista José Elías Romero Apis explicó que Jesús de Naza- reth, nombre con el que fue procesado, no tuvo derecho a un abogado, no hubo dos partes en el juicio y no hubo un delito específico que perseguir en lo que considera “el proceso judicial más importante y famoso de la historia de la humanidad”. Con todo esto, hoy en día, Cristo hubiera ganado 92 amparos en su favor y generado que su juicio se reiniciara para buscar una nueva sentencia. En el libro El Proceso de Cristo, editado este año por la casa Porrúa, Romero Apis retrató el modo en el que la justicia mexicana, como la conocemos en el siglo XXI, hubiera llevado el caso de Jesús, y exhibe la estructura jurídica de aquel tiempo. Tras cinco años de investigación en conjunto con un equipo de diez investigadores documentados en diversas bibliotecas del mundo, este año, el experto en derecho penal y constitucional José Elías Romero Apis publicó su obra. En la oficina del abogado, quien creció con formación católica, hay premios de periodismo y evidencias de su afición por las plumas y los tinteros. El fiscal, Pilatos Según registra el libro de 270 páginas, Poncio Pilatos tenía en sus manos salvar la vida del nazareno. En los tiempos del emperador Tiberio, Pontius Pilatus o Poncio Pilato fue el representante de Roma en la provincia de Judea (una región montañosa al sur de lo que hoy es el Estado de Israel), que vivió bajo el régimen occidental. Pilatos, como se llama en nuestro país, tenía tres cargos en uno solo, el pretor o juez, encargado de dictar sentencias, gobernador de esa provincia y procurador. Es como si hoy, en el Distrito Federal, una sola persona ocupara los cargos de Édgar Elías Azar, al frente del Tribunal Superior de Justicia; de Marcelo Ebrard, jefe de Gobierno, y del procurador capitalino, Miguel Ángel Mancera. Pilatos fue el encargado de interrogar no sólo a Jesús, sino también a los que comparecieron en el juicio, sus testigos Lucas, Mateo y Juan. El proceso de Cristo exhibe un fragmento de la audiencia entre Pilatos y Jesús. —Acusado: Yo sólo he venido para dar testimonio de la verdad. —Procurador: ¿Cuál es la verdad? —Acusado: Dilo tú. —Procurador: No calles. Tengo tu vida en mis manos y sólo yo puedo salvarte. —Acusado: No tienes nada en mis manos. Todo tu poder viene de más arriba. Todo está decidido y tú no puedes cambiar nada. Eso llevó al funcionario a la famosa escena en la que “se lava las manos”, el funcionario manifestó abiertamente su aversión al pueblo judío. Por lo que le mostró simpatía a Jesús, quien se proclamó rey de este pueblo. Las dos audiencias en este caso fueron públicas. “Es un proceso oral”, destacó Romero Apis. Actualmente el sistema mexicano estructura la implementación del sistema de justicia acusatorio, que incluye los juicios orales. Posteriormente, Jesús fue acusado por el régimen romano por sedición y por pago de tributos contra César, delitos graves en el antiguo imperio. Delitos contra el preso En la obra editada por Porrúa, Romero Apis describe los ilícitos que se cometieron en el “seudoprocedimiento” para condenar a Jesús. Con las leyes de hoy, los responsables de estas irregularidades merecerían una sanción de hasta mil años de prisión. Ante la ley mexicana, los delitos de quienes se encargaron de “aplicar justicia” en el caso Jesús son traición a la patria en las modalidades de atentado a la soberanía, de suministro de información, por impedir el desempeño de un alto funcionario (Pilatos) y por invitar al desorden público, entre otros. Un total de 54 delitos, incluido el de homicidio calificado, cometido contra Jesús. Si bien la decisión definitiva fue de Pilatos, él nunca dictó una sentencia condenatoria. “Con todo ello se consumó no una ejecución, sino un linchamiento, es decir, un asesinato tumultuario sin sentencia declaratoria ni condenatoria”, calificó Romero Apis en su texto. Violaciones a los derechos humanos La Constitución mexicana contempla la presunción de inocencia, el nazareno habría tenido derecho a que la autoridad mostrara su culpabilidad, y no a que él demostrara su inocencia. En sus artículos 14 y 16, esta legislación contempla el derecho al debido proceso. Jesús no tuvo derecho a manifestar sus ideas, a ejercer su libertad de reunión, nunca vio un documento en el que le notificaran su situación. Tampoco pudo reservarse su derecho a no declarar, nunca tuvo un defensor, fue azotado y golpeado (lo que prohíbe el artículo 22). Tras la oración y última cena en Getsemaní, Jesús fue crucificado. Para documentarse en textos antiguos, el autor recurrió a textos científicos para comprobar la ubicación de Jerusalem, a 38 grados al norte del Ecuador (a la altura de la ciudad estadunidense de Nueva Orleans). Los textos revelaron que Jesús fue asesinado a las 15 horas. Lo que pasó a la historia como el Viernes Santo de la Semana Santa, que este año será el 22 de abril. Aún con las irregularidades descubiertas en el siglo XXI, para Jesús no había norma, procurador o sistema que le dieran un rumbo diferente a su vida. “Para el acusado, él ya está condenado. Ni por Roma, ni por Judea, sino por su padre. Si me llamara, sería el abogado de un señor que no lo necesita. Y no le cobraría honorarios por mis servicios”, agregó Romero Apis. Delitos de Estado El penalista José Elías Romero Apis, en su libro El Proceso de Cristo, destaca algunos de los delitos cometidos por la autoridad romana contra Jesús, hace más de dos mil años: - Traición a la patria, en la modalidad de atentado a la soberanía. - Traición a la patria, por suministro de información. - Invitación al pueblo judío al desorden público. - Conspiración. - Indebida conducta contra un preso. - Evasión de presos, al liberar a Barrabás. - Asociación delictuosa. - Delitos contra otros servidores públicos. - Robo del manto sagrado y las vestimentas del prisionero, y homicidio.